Información sobre la votación aparece en el Artículo 67 de la Carta de las Naciones Unidas y los Artículos 58 a 71 del Reglamento [en] del Consejo Económico y Social. En el Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas figura un análisis de la votación del Consejo Económico y Social en la sección relativa al Artículo 67.
En general, la mayoría de las resoluciones en el Consejo Económico y Social se adoptan sin votación.
A continuación se destacan, para cada uno de los órganos principales, el tipo de documento y los recursos de investigación donde puede obtenerse información sobre la votación.
La página Información sobre la votación en la Biblioteca Digital de la ONU de la guía sobre votación contiene algunas sugerencias adicionales para la investigación de la votación.
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