Los Artículos 3 a 6 del Capítulo II de la Carta de la Naciones Unidas se refieren a los miembros de la ONU. Sólo los Estados pueden ser admitidos como miembros de las Naciones Unidas.
La admisión de miembros para los principales órganos de la ONU se establece en la Carta de las Naciones Unidas y en el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. Cabe señalar que la admisión de miembros para cada uno de los órganos de la ONU puede variar.
De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas:
De conformidad con el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia:
La Carta de la ONU señala también que tanto la Asamblea General (Artículo 22) como el Consejo de Seguridad (Artículo 29) y el Consejo Económico y Social (Artículo 68) pueden establecer órganos subsidiarios. Para establecer un órgano subsidiario (también conocido como mandato) debe incluirse lo siguiente:
Sitios web, guías de investigación, preguntas frecuentes e información adicional.
En el contexto de la Carta de la ONU, la composición y participación de los miembros en las Naciones Unidas es diferente.
Los Artículos 3 a 6 del Capítulo II de la Carta se refieren a la composición de miembros en la ONU. Sólo los Estados pueden ser admitidos como miembros de las Naciones Unidas.
Para cada uno de los órganos de la ONU, la composición de miembros puede variar.
Los Artículos 31 y 32 se refieren a la participación de los estados en el Consejo de Seguridad.
Los Artículos 69 a 71 se refieren a la participación de los estados, organismos especializados y organizaciones no gubernamentales en el Consejo Económico y Social.
Adicionalmente, la Asamblea General ha establecido la práctica de otorgar la condición de observador a estados y organizaciones intergubernamentales, véase la decisión 49/426 en el documento A/49/49 (Vol. I), pág. 365. Las entidades con condición de observador reciben "una invitación permanente para participar en calidad de observadores en los períodos de sesiones y en los trabajos de la Asamblea General" (A/INF/73/5).
Para una búsqueda más detallada sobre estos temas consulte fuentes secundarias para cada órgano y/o Artículo de la Carta de la ONU. Por ejemplo, el Repertorio de la práctica seguida por el Consejo de Seguridad contiene una sección sobre el papel que desempeña el Consejo en lo referente a la admisión de miembros, así como una sección relacionada con su participación.
Los grupos regionales de Estados Miembros de las Naciones Unidas son grupos de estados que, entre otras actividades, coordinan la nominación de candidatos en las elecciones de diversos organismos. Los principales grupos regionales son: el Grupo de los Estados de Africa, el Grupo de los Estados de Asia, el Grupo de los Estados de Europa Oriental, el Grupo de América Latina y el Caribe y el Grupo de los Estados de Europa Occidental y otros Estados
En el Diario de las Naciones Unidas se publica mensualmente la presidencia de los grupos regionales, así como una amplia variedad de información adicional.