El Consejo Económico y Social (ECOSOC) se ocupa principalmente de los asuntos econónomicos, sociales, culturales y de salud así como los derechos humanos y las libertades fundamentales. Además desempeña la función de coordinadora de las labores de las Naciones Unidas y los organismos especializados.
Los Artículos 61 a 72, del Capítulo X de la Carta de las Naciones Unidas se refieren al Consejo Económico y Social.
El Consejo Económico y Social está constituido por 54 miembros, 18 de los cuales son elegidos cada año por la Asamblea General para un mandato de tres años.
El Reglamento del Consejo Económico y Social está incluido en el documento E/5715/Rev.2 (Número de venta 92.I.22). Información general sobre la labor del Consejo puede consultarse en el Repertorio de la práctica seguida por los órganos de las Naciones Unidas [en].
De conformidad con la resolución 68/1 de la Asamblea General, el ECOSOC modificó su programa de trabajo a un ciclo de julio a julio, pero sigue celebrando un período de sesiones sustantivo y un período de sesiones de organización al año, según fue la práctica hasta el 2014. Su período de sesiones sustantivo se divide en los siguientes segmentos:
- Serie de sesiones de alto nivel
- Serie de sesiones de actividades operacionales para el desarrollo
- Serie de sesiones sobre asuntos humanitarios
- Serie de sesiones de integración
En adición a los segmentos anteriores, el Consejo también celebra sesiones de coordinación y gestión y sesiones de financiación para el desarrollo durante su período de sesiones sustantivo.
Con el nuevo ciclo de julio a julio, el período de sesiones de organización actualmente se lleva a cabo en julio y no en febrero como lo fue en la práctica anterior.
El formato básico de las signaturas de los documentos del Consejo Económico y Social es el siguiente:
- E/año/número consecutivo
- Desde 1946 hasta 1977 el formato era: E/número consecutivo
Nota sobre el aumento del número de miembros del Consejo Económico y Social
- El Artículo 61 de la Carta se refiere a la composición de sus miembros
- Originalmente contaba con 18 miembros
- A/RES/1991 (XVIII) del 17 de diciembre de 1963 recomendó introducir enmiendas a la Carta de la ONU
- Entró en vigor el 31 de agosto de 1965
- Aumentó el número de miembros a 27
- A/RES/2847 (XXVI) del 20 de diciembre de 1971 recomendó introducir enmiendas a la Carta de la ONU
- Entró en vigor el 12 de octubre de 1973
- Aumentó el número de miembros a 54