Diversos acuerdos ambientales multilaterales (MEA por sus siglas en inglés) establecen un órgano encargado de supervisar la aplicación del acuerdo.
A menudo, el órgano está compuesto por Estados que son parte del acuerdo (es decir, que han firmado, ratificado o acordado de otra manera adherirse al acuerdo). Este órgano puede ser denominado Conferencia de los Estados Partes, Reunión de los Estados Partes, o adoptar un nombre similar. También puede existir una secretaría para apoyar las labores de ese órgano.
Existen otros MEAs que no se enlistan en esta guía. Además de los convenios generales como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, existen acuerdos en temas específicos como el de la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres [en], así tambien en ciertas regiones como es el caso del Convenio sobre la protección del Mar Negro contra la contaminación [en]. Estos no son supervisados por organismos de la ONU, sino por organizaciones especializadas establecidas por las convenciones.
No todos los MEAs son supervisados por los organismos de la ONU.
Los Estados Miembros de las Naciones Unidas pueden o no ser Parte de una convención
Para localizar una lista de los Estados Parte de una Convención, debe verificar el estado actual de la Convención en las siguientes fuentes:
El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) por lo general proporciona asesoría administrativa a los órganos encargados de vigilar la aplicación de los tratados de los MEAs y maneja la coordinación del sistema de la ONU sobre los acuerdos ambientales multilaterales. A continuación se mencionan tres ejemplos de organismos de la ONU que participan en las labores de este tema.
Varios de estos acuerdos requieren informes nacionales de los Estados Parte sobre la situación de la aplicación de las disposiciones de las convenciones en un contexto nacional. La Conferencia de las Partes puede examinar los informes así como realizar otras gestiones.
La Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático establece un marco general a los esfuerzos intergubernamentales para combatir los desafíos que representa el cambio climático. La Conferencia de las Partes es el órgano supremo que adopta las decisiones de la Convención. Todos los Estados que son Parte en el Convenio están representados en la COP.
El Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y el Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono están dedicados a la protección de la capa de ozono de la tierra.
El Convenio sobre la Diversidad Biológica cumple con tres objetivos: la conservación de la diversidad biológica; el uso sostenible de los componentes de la diversidad biológica; y la distribución equitativa y justa de los beneficios derivados del uso de los recursos genéticos.
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