El inciso (e) del Artículo 73 de la Carta establece que los Estados Miembros de la ONU que administren "territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio" transmitan al Secretario General información relacionada con las condiciones económicas, sociales y educativas de los territorios.
De 1947 a 1963, se establecieron varios comités con el fin de revisar la información proporcionada en virtud del inciso (e) del Artículo 73.
Comisión Especial encargada de examinar la información transmitida en virtud del inciso (e) del Artículo 73 de la Carta (1947-1951)
Comisión para la Información sobre Territorios No Autónomos (1952-1963)
Comité Especial encargado de Examinar la Situación con respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales (1963 - a la fecha)
Comisión Especial de Seis encargada de examinar la información transmitida en virtud del inciso (e) del Artículo 73 de la Carta (1960)
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