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Documentación de la ONU: Consejo de Administración Fiduciaria

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Introducción al Consejo de Administración Fiduciaria

El Consejo de Administración Fiduciaria es uno de los seis órganos principales de las Naciones Unidas. Desde 1947 hasta 1994 su intervención fue decisiva durante el proceso de descolonizacion y en la posterior independencia de los territorios de Africa y el Pacífico. De conformidad con la resolución T/RES/2200 (LXI) del 25 de mayo de 1994, el Consejo de Administración Fiduciaria se reúne actualmente "en la medida que la ocasión lo requiera". 

Los capítulos XI a XII de la Carta de la ONU se refieren a las labores del Consejo de Administración Fiduciaria.

La composición del Consejo de Administración Fiduciaria ha sido modificada con el paso del tiempo, de conformidad con el Artículo 86 de la Carta de la ONU. Esta integrado por los siguientes Estados Miembros de la ONU:

  • Estados Miembros que administren territorios fideicometidos
  • Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad que no estén administrando territorios fideicometidos
  • "Tantos otros Miembros elegidos por periodos de tres años por la Asamblea General cuantos sean necesarios para asegurar que el número total de miembros del Consejo de Administración Fiduciaria se divida por igual entre los Miembros de las Naciones Unidas administradores de tales territorios y los no administradores."

Actualmente, los Miembros Permanentes del Consejo de Seguridad fungen como miembros del Consejo de Administración Fiduciaria de conformidad con el Artículo 86 de la Carta de la ONU.

El Reglamento del Consejo de Administración Fiduciaria puede obtenerse en el documento T/1/Rev.7 [en].

Disposiciones clave de la Carta de la ONU relativas al Consejo de Administración Fiduciaria

Capítulo XI: Declaración relativa a territorios no autónomos (Artículos 73-74)

Capítulo XII: Régimen internacional de administración fiduciaria (Artículos 75-85)

Capítulo XIII: El Consejo de Administración Fiduciaria (Artículos 86-91)

  • Artículo 86: Composición
  • Artículos 87 y 88: Funciones y Poderes
  • Artículo 89: Votación
  • Artículos 90 y 91: Procedimiento